El Juez de lo penal 3 apunta en su sentencia a que conflictos entre propietarios de casas abandonadas y personas que se instalan allí a vivir en precario deberían resolverse más por la vía civil, que en la jurisdicción penal. El magistrado entiende que la despreocupación de la dueña sobre su propiedad ha impedido la consumación del delito y por eso absuelve a la acusada. La sentencia ya es firme, la fiscalía no ha recurrido y ha pasado el plazo.
Miguel MasA ve si en esta semana pongo un poco de orden en todo esto